El Consejo de Administración del Edificio Aconcagua Propiedad horizontal, invita a todas las personas jurídicas y naturales interesadas a participar en la convocatoria abierta para el cargo de administrador de propiedad horizontal, conforme a los lineamientos legales establecidos en los artículos # 50 y # 51 de la Ley 675 de 2001. La copropiedad se encuentra localizada en la Carrera 32 # 12A 47 de la ciudad de Pasto.

  1. INFORMACION DE LA COPROPIEDAD

El edificio Aconcagua P.H. está compuesto por 48 apartamentos, subsotano y un piso para parqueaderos, con gabinetes tipo bodega, uno por apartamento, distribuidos en 10 pisos, con dos ascensores.

2. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

ACTIVIDADFECHAHORA
Publicación y apertura de la convocatoriaMarzo 25 de 20258:00 a.m.
Recepción de ofertas y/o Hojas de vidaHasta mayo 4 de 2025Hasta las 11:59 p.m.
Estudio de ofertasMayo 5 de 20257:00 p.m.
Publicación de resultadosAbril 12 de 20258:00 a.m.
Proceso de empalmeMayo 15 a mayo 31 de 2025

3. DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS QUE REQUIERE LA COPROPIEDAD

La Propiedad horizontal está interesada en recibir propuestas de personas jurídicas y naturales habilitadas para prestar los servicios de administración de copropiedades, de acuerdo con las siguientes necesidades:

  • Cumplir y hacer cumplir la ley y el reglamento de propiedad horizontal.
    • Ejercer la representación legal de la persona jurídica en todos los casos, tanto frente a terceros como frente a cada uno de los propietarios u ocupantes.
    • Convocar a la asamblea general ordinaria y extraordinaria anualmente, donde se dará a conocer el balance general de las cuentas del año anterior y un presupuesto de ingresos y gastos para el nuevo ejercicio anual.
    • Presentar a la asamblea general, una vez finalizado cada período presupuestal, una completa rendición de cuentas de su gestión y un informe sobre la gestión financiera y económica de la persona jurídica.
    • Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos.
    • Llevar directamente o bajo su dependencia y responsabilidad los libros de contabilidad y cumplir oportunamente las obligaciones de carácter fiscal o de otra naturaleza que, en virtud de la ley, deban cumplirse en razón del régimen de propiedad horizontal.
    • Llevar directamente o bajo su dependencia y responsabilidad los libros de actas de las asambleas, de actas del Consejo de Administración y de registro de propietarios y residentes en el Edificio y atender la correspondencia.
    • Cobrar y recaudar, directamente o a través de recaudadores bancarios autorizados, las cuotas ordinarias y extraordinarias, las multas, y en general, cualquier obligación de carácter pecuniario a cargo de los propietarios u ocupantes de bienes de dominio particular, iniciando oportunamente el cobro judicial de las mismas, sin necesidad de autorización alguna.
    • Hacer oportunamente los pagos que sean procedentes.
    • Cuidar y vigilar los bienes comunes, y ejecutar los actos de administración, conservación y disposición de los mismos, de acuerdo con las facultades y restricciones establecidas en el Reglamento de propiedad horizontal y manual de convivencia.
    • Hacer las mejoras y reparaciones materiales que hayan ordenado las asambleas en forma concreta, o con autorización de carácter general y también las de carácter urgente para la higiene, seguridad o debida utilización del Edificio, debiendo conseguir la autorización del Consejo de Administración, si la cuantía del gasto excede sus atribuciones.
    • Preparar y someter a consideración del Consejo de Administración las cuentas anuales, el informe para la asamblea general ordinaria, el presupuesto de ingresos y egresos para cada vigencia, el balance general de las cuentas del ejercicio anterior, los balances de prueba y su respectiva ejecución presupuestal.
    • Presentar al Consejo de Administración, en la forma y con la periodicidad por éste señaladas, informes sobre el estado de ejecución del presupuesto.
    • Constituir, por la cuantía que determine el Consejo de Administración, la póliza para garantizar el manejo de los bienes y fondos de la propiedad horizontal y el cumplimiento de las obligaciones a su cargo.
    • Contratar con otras personas jurídicas la prestación de los servicios y en general, los otros servicios que convengan al Edificio y a los propietarios, no excediendo en este campo el presupuesto aprobado por la asamblea general, ni las instrucciones que en receso de ésta imparta el Consejo de Administración.
    • Invertir los dineros recaudados en forma tal que se garantice la liquidez para atender el pago oportuno de las obligaciones de la persona jurídica, siguiendo las instrucciones dadas por la asamblea general o por el Consejo de Administración.
    • Poner en conocimiento de los propietarios y residentes del Edificio, las actas de las asambleas y las decisiones del Consejo de Administración.
    • Representar judicial y extrajudicialmente a la persona jurídica y conceder poderes especiales para tales fines, cuando la necesidad lo exija.
    • Contratar y mantener vigentes los seguros previstos en este reglamento y los demás que acordare la asamblea general.
    • Celebrar todos los otros actos y contratos que, en materia civil, laboral, comercial o administrativa, guarden con sus facultades y obligaciones una relación directa o necesaria de medio a fin; o que, no guardándola, hayan sido expresamente autorizados por la asamblea general.
    • Disciplinar la utilización de los bienes comunes, cuidando de cumplir al respecto la ley, este reglamento y las normas que dicten las asambleas y el Consejo de Administración.
    • Resolver, en cuanto le sea posible, las divergencias que surjan entre los propietarios u ocupantes de bienes de dominio particular, con relación a éstos, a su destinación y a la debida utilización de los bienes comunes, dando cuenta, al Consejo de Administración o a las asambleas.
    • Cuidar diligentemente que cada propietario u ocupante use su bien de dominio particular en la forma prevista en este reglamento y que, en consecuencia, no lo haga servir a objetos diferentes a los establecidos, no perturbe los derechos de los otros propietarios y no comprometa la seguridad o salubridad del Edificio.
    • Elevar a escritura pública y registrar las reformas al reglamento de propiedad horizontal debidamente aprobadas por la asamblea general e inscribir ante la entidad competente todos los actos relacionados con la existencia y representación legal de la persona jurídica y el nombre de las personas que ejercen los cargos en el consejo de administración.
    • Notificar a los propietarios de bienes privados, las sanciones impuestas en su contra por el consejo de administración.
    • Hacer efectivas las sanciones que hayan sido impuestas por el consejo de administración, una vez se encuentren ejecutoriadas.
    • Expedir el paz y salvo de cuentas con la administración de la propiedad horizontal cada vez que se produzca el cambio de tenedor o propietario de un bien de dominio particular.

4. ALCANCE DE LA CONVOCATORIA

El edificio Aconcagua P.H., requiere conocer las propuestas para la Administración de la propiedad horizontal, donde se detallen los servicios profesionales ofertados, bajo los siguientes parámetros:

  1. Propuesta de horario para la atención y prestación de los servicios de administración, indicando, además, si prestará los servicios de administración en horario nocturno.
  2. Propuesta de servicios en términos administrativos, operativos, financieros, contables, jurídicos y legales, los cuales serán incorporados en el contrato de prestación de servicios. Es de anotar, que el Reglamento de propiedad horizontal de Edificio Aconcagua P.H., establece en su artículo 24 las funciones, obligaciones y atribuciones del administrador.
  3. Propuesta económica de los honorarios sobre los servicios ofrecidos en el punto anterior.

Nota: Los propietarios podrán postularse al cargo, las personas jurídicas no podrán tener entre sus socios, accionistas con domicilio en el edificio Aconcagua P.H.

5. PERFIL PROFESIONAL DEL ASPIRANTE O ADMINISTRADOR DELEGADO

  • Profesional en áreas administrativas.
  • Experiencia mínima de cinco (5) años pata personas naturales y diez (10) años para personas jurídicas, en administración de conjuntos residenciales o propiedades horizontales de más de 50 unidades.
  • Conocimiento y manejo de Ofimática
  • Conocimientos contables y tributarios bajo normas NIIF.
  • Amplio conocimiento de la ley 675 de 2001, legislación de propiedad horizontal.
  • Certificación en sistema de gestión y seguridad y salud en el trabajo (SG-SST).
  • Conocimiento y manejo de la ley 1801 de 29 de junio de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia.

6. HABILIADES, APTITUDES, Y CAPACIDADES DE LA PERSONA NATURAL O ADMINISTRADOR DELEGADO

  1. Diligente en el seguimiento y recuperación de cartera.
  2. Excelentes relaciones interpersonales, comunicación asertiva, manejo de conflictos y orientación al cliente, con capacidad de trabajo en equipo para apoyar y orientar el Consejo de administración, conducir una asamblea y atender las diferentes situaciones y problemáticas que se presentan en las copropiedades, ejecución de contratos con capacidad de dirección ejecución y control de presupuesto.
  3. Disponibilidad inmediata de horario de atención a residentes en la copropiedad y disponibilidad para cumplirlo.
  4. Fuerte capacidad de liderazgo con buen manejo de asambleas y reuniones con consejo de administración y manejo de conflictos.
  5. Orientación al trabajo de equipo.

7. FORMA DE VINCULACIÓN

Contrato de Prestación de Servicios por el término de siete (7) meses, contados a partir de la suscripción del contrato, prorrogable de acuerdo a los resultados de la evaluación de gestión y desempeño, con tres iniciales de prueba, con honorarios iguales a los aprobados pata ese rubro en el presupuesto con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.

8. REQUISITOS PERSONA JURIDICA

  • Empresa legalmente constituida ante Cámara de Comercio, con una antigüedad de diez (10) años o más. Aportar certificado de cámara de comercio.
  • Rut de la persona jurídica
  • Copia de la Cédula del representante legal
  • Propuesta de Servicios.

9. REQUISITOS PERSONA NATURAL

    • Hoja de vidaCopia de la Cédula de ciudadaníaAntecedentes de policíaCertificados de vinculación laboral o profesionalExperiencia certificada de la experiencia de cinco (5) años o más en administrar propiedad horizontal.
    • Propuesta de trabajo y disponibilidad de horario.

10. CRITERIOS DE CALIFICACION

CRITERIOPUNTAJE
Experiencia.20
Propuestas en el ámbito administrativo, operativos, financieros, contables, jurídicos y legales.25
Horarios de prestación del servicio.30
Entrevista25

NOTA: Las propuestas se deberán entregar en la recepción del Edificio Aconcagua, en sobre cerrado y al correo electrónico edificioaconcaguapasto@gmail.com debidamente foliadas en formato PDF, los documentos anexos se adjuntarán al final de la propuesta, en orden de numeración.

Estas propuestas serán evaluadas por el consejo de administración.

Las propuestas que sean radicas por medio distinto a los indicados se declararán fuera del proceso.

Una vez se realice la preselección de aspirantes se dará a conocer la evaluación y selección de la persona natural o jurídica escogida.

Atentamente,

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

Edificio Aconcagua P.H.